Las autorizaciones para conducir vehículos otorgadas ante un escribano público tienen la misma validez que la cédula azul emitida por el Registro de la Propiedad Automotor.
Esta autorización permite al titular registral del vehículo incluir a todas las personas que desee, además se podrán o no limitar en el tiempo, en el territorio y establecer al mismo tiempo cláusulas relativas a la responsabilidad civil entre el autorizante y el autorizado.
La autorización notarial se debe llevar conjuntamente con la “tarjeta verde” del vehículo (esté vencida o no) y en caso de viajar a otras provincias del territorio nacional, será necesario contar también con la correspondiente legalización expedida por el Colegio de Escribanos.