Santa Fe, 20 de abril de 2017.-

 

                           REF.: AFIP DGI RESOLUCION N° 3997. B.O. 23-02-17. OBLIGACIÓN DE ACEPTAR

     TRANSFERENCIAS DE PAGO INSTRUMENTADAS MEDIANTE TARJETAS DE DÉBITO O DE

                                                                                      CRÉDITO.

Sr. Escribano:

                        Con relación al tema de referencia, los Asesores Impositivos recabaron la siguiente Información (Se acompaña copia de la citada RESOLUCIÓN GENERAL N° 3997):

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La resolución de la referencia establece que los profesionales, entre otros, están obligados a aceptar como forma de pago las tarjetas de débito y de crédito, para lo cual deben instalar un posnet, según el cronograma que a continuación se informa:

a-      Profesionales que ya estaban inscriptos en AFIP durante el año 2015.

        Base de cálculo: monto total de ingresos brutos año calendario 2015. Para el caso de los profesionales inscriptos en IVA se debe sumar honorarios más IVA.

1-      Ingresos mayores o iguales de $ 4.000.000, desde el 31 de julio de 2017 inclusive.

2-      Ingresos mayores a $ 1.000.000 y menores a $ 4.000.000, desde el 31 de agosto de 2017 inclusive.

3-      Ingresos menores o iguales a $ 1.000.000, desde el 30 de setiembre de 2017 inclusive.

 

b-      Profesionales que no estaban inscriptos en AFIP durante el año  2015, por haber iniciado actividades con posterioridad.

1-      Responsables inscriptos en el IVA desde el 30 de setiembre de 2017.

2-      Adheridos al monotributo:

         -  Categorias F, G, H, I, J Y K a partir del 31 de diciembre de 2017 inclusive.

         -  Categorias A, B, C, D Y E a partir del 31 de marzo de 2018 inclusive.

 

El incumplimiento de las disposiciones citadas, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas en el artículo n° 40 de la Ley n° 11683, es decir multas y clausura.

Se recomienda la consulta con el profesional que los asiste.

                                                                                          * * * * *

                Medios de contacto con los Asesores Impositivos: C.P.N. Norma Ochoteco - C.P.N. Lucas Capella - Tel. 0342 - 4593993 - Int. 117; e-mail: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

               Atentamente.-

 

Colegio de Escribanos de la
Pcia. de Santa Fe -1ra.Cifrc.-

 

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20/04/2017 AFIP DGI RESOLUCION N° 3997. B.O. 23-02-17. TRANSFERENCIAS DE PAGO MEDIANTE TARJETAS