Transcribimos a continuación copia recibida en la fecha de la Disposición Técnico Registral Nº 001/2014 sobre el tema que se cita en la referencia.-

 


 

DISPOSICION TECNICO REGISTRAL Nº 001.- SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 31 de enero de 2014.-
 
Visto la necesidad de reorganizar los procedimientos administrativos respecto de la colocación de nota de toma de razón en segundos o ulteriores testimonios , unificando los procesos que se llevan a cabo en la publicidad de documentos ingresados, tanto bajo la técnica de cronológico personal en protocolos como de Folio Real, y;
 
CONSIDERANDO
Que la solicitud expresada en forma escrita resulta ser la forma más adecuada para ambas técnicas y por otra parte permite el resguardo de la documentación que avala la nota puesta tanto en el documento como en la matrícula o asiento registral, sistema hoy vigente en el Registro General Rosario;
Por ello, y de conformidad con las facultades que emergen de los arts. 75º y 87º de la Ley 6435; 
 
LA DIRECTORA DEL REGISTRO GENERAL - SANTA FE
DISPONE
.- La colocación de nota de toma de razón en los segundos o ulteriores testimonios se practicará con la presentación en Mesa de Entradas de la correspondiente solicitud, que deberá contener:  Identificación del documento matriz, datos de registración, motivo, firma y sello del solicitante cuando fuese profesional matriculado con interés legítimo. En caso de ser particular deberá acreditar interés legítimo ante este Registro General en el caso de no ser la persona para quien se expidió el nuevo testimonio, según calificación de la autoridad interviniente.  -
 
.- La presente entrará en vigencia a desde el 10 de febrero del año en curso.-
 
.- Notifíquese por Departamento Despacho a los Colegios Profesionales relacionados, a los Coordinadores y Jefes de Departamento.-
 
.- Regístrese y archívese en el Protocolo de Disposiciones Técnico Registrales.-
 
ES COPIA
Firmado: Dra. Nora B. Mauro. Directora General”.