Santa Fe,  abril 5  de 2010

 

Ref.:  Registro General Santa Fe -
Aclaración de la suspensión de plazos registrales

 

Llevamos a su conocimiento que el Registro General Santa Fe publicó en la web del Gobierno de la provincia, los alcances de la suspensión de plazos registrales establecida por las Disposiciones Nº 019/10, 028/10, 029/10 y 033/10, que transcribimos a continuación:

 

SUSPENSIÓN DE PLAZOS MARZO 2010: 1- Para documentos cuyo término de presentación o caducidad se produjera en los días de suspensión de plazos: Disposición Nº 019/10: desde la cero (0) hora del día  03/03/2010,  hasta las veinticuatro (24) horas del día 04/03/2010; Presentación tempestiva de los documentos: hasta las 24 horas del día 05/03/2010. Disposición Nº 028/10, Nº 029/10 y Nº 033/10, desde la cero (0) hora del día 09/03/2010, hasta las veinticuatro (24) horas del día 21/03/2010, Con excepción de los RECEPCIONADOS el día 09/03/2010 y el día 15/03/2010 durante las horas de  atención al público de dichos días, el que correrá para éstos como día hábil; Presentación tempestiva de los documentos: hasta las 24 horas del día 29/03/2010. - 2- Para certificados e informes:  Disposición Nº 019/10, desde la cero  (0) hora del día 03/03/2010, hasta las veinticuatro  (24) horas del día 04/03/2010. - DOS (2) DIAS.-  Disposición Nº 028/10, Nº 029/10 y Nº 033/10, desde la cero (0) hora del día 09/03/2010,  hasta las veinticuatro (24) horas del día  21/03/2010; Con excepción de los PRESENTADOS el día 09/03/2010 y el día 15/03/2010 durante las horas de  atención al público de dichos días, el que correrá para éstos como día hábil.- 13 Días-“.