Santa Fe,  enero  2020.-

 

 

Estimado Colega:

                            En atención a diversas consultas realizadas en sede de este Colegio, a efectos de procurar un adecuado asesoramiento a los requirentes y definir pautas de actuación en lo relacionado a Autorizaciones para Egreso de Menores y Autorizaciones para Conducir con destino a países limítrofes; nos dirigimos a Ud. comunicando lo siguiente:

 

-          Se recomienda apostillar los documentos que deban presentarse y/o circular o ser utilizados ante autoridades de migración, aduaneras, de seguridad, sanitarias y/o de cualquier otra índole con competencia en los países limítrofes: Brasil, Uruguay, Chile, Paraguay.

-          Los referidos países se encuentran -todos ellos-, adheridos al sistema de legalización de “Apostilla” de la Convención de La Haya, que rige con plena vigencia y efectos de su normativa:  Brasil (desde fecha 14 de Agosto de 2.016); Uruguay (desde fecha 14 de Octubre de 2.012); Chile (desde fecha 30 de Agosto de 2.016); y Paraguay (desde 18 de Junio de 2.013).

-          Los documentos extendidos por notario, se encuentran incluídos dentro de los alcanzados por el referido Convenio o Convención de La Haya (5 de Octubre de 1.961); al respecto se transcribe la parte pertinente de dicha normativa: “Artículo 1: El presente Convenio se aplicará a los documentos públicos que hayan sido autorizados en el territorio de un Estado contratante y que deban ser presentados en el territorio de otro Estado contratante. Se considerarán como documentos públicos en el sentido del presente Convenio: a)…b)…c) los documentos notariales”.  Se encuentran entonces comprendidos en el supuesto, todas las escrituras públicas, certificaciones de firmas y reproducciones, realizadas por los matriculados de cada jurisdicción de acuerdo al procedimiento de estilo; actuaciones que deberán contar con la previa legalización del Colegio de Escribanos correspondiente.

-          En el caso particular de las Autorizaciones de Viaje a menores, en principio las mismas no necesitan ser apostilladas atento a que se presentan ante autoridades de la Dirección Nacional de Migraciones (Argentina) para permitir el egreso de desde nuestro país; sería suficiente sólo la legalización nacional del organismo pertinente. No obstante, si el permiso además contiene -como es habitual- otras estipulaciones, mandas y/o facultades para los acompañantes (por ejemplo, autorización ante situaciones de atención médica), la misma debe contar con la correspondiente apostilla a efectos que el documento pueda ser utilizado con validez una vez ingresado al territorio extranjero.

-          Atento que los criterios de ingreso de documental y personas a países extranjeros pueden resultar cambiantes en el tiempo y/o dependientes según el caso del funcionario receptor, se reitera la recomendación de apostillar los citados documentos con destino a dichos países limítrofes, a fines de evitar inconvenientes.-

-          Aclaración: Bolivia ha aprobado por ley de fecha 2 de Agosto del 2.017 la adhesión al Convenio de La Haya (adopción del sistema de Apostilla), la cual entrará en vigencia efectiva en dicho país a partir del 7 de Mayo del 2.018.- En este último caso (Bolivia), el Convenio de Apostilla aún no se aplica, por lo que las actuaciones con este destino llevan además de la legalización del Colegio de Escribanos, un agregado para su validez internacional (“Habilitado”) –que también provee el Colegio por convenio con Cancillería-.

-          Se solicita desde ya a los escribanos y/o en su caso gestores autorizados, indicar el lugar de destino de las diferentes Autorizaciones, a efectos que el personal de Legalización discrimine adecuadamente el procedimiento aplicable en cada caso.

-          La presente comunicación es de carácter general e informativo, por lo que se sugiere ante situaciones no comprendidas evacuar la consulta concreta o particular por ante las autoridades consulares correspondientes; se proveen debajo teléfonos de contacto de las sedes cercanas ubicadas en la Ciudad de Rosario, de nuestra Provincia:

-          Consulado de Brasil: 0341-4250690/99; 4250601

-          Consulado de Uruguay: 0341-4219077 / 4246860

-          Consulado de Paraguay: 0341-0341-4404604 / 156927710

-          Consulado de Chile: 0341-4494032 / 4036

 

CAROLINA CULZONI
Presidente C.D.

RICARDO CHAMINAUD
Secretario C.D.